Por Irene Domínguez / GIASF*
Ante el actual panorama de violencia que se vive en todo el país y las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por parte de grupos del crimen organizado y agentes que representan al propio Estado -entre otros-, ha comenzado a introducirse la discusión en torno a los derechos humanos de los muertos. Pero ¿Por qué hemos llegado a tal planteamiento?
El Estado no ha dado respuesta a los altos niveles de impunidad que prevalecen en el país. Al contrario, ha propiciando la continuación de dichas violaciones con sus políticas de seguridad, con la militarización del país y la reciente aprobación de la llamada “Guardia Nacional” que estará comandada por los mismos organismos que han infringido los derechos humanos durante los años recientes.
A pesar de lo anterior, desde muchos lugares, individuos, distintos colectivos e incluso movilizaciones nacionales, han generado su propia capacidad de agencia para responder ante esos hechos. Particularmente en el caso de la desaparición de personas, los familiares se han organizado para buscar ellos mismos a sus seres amados, tanto en vida como en muerte. Tal es el caso de Ana Enamorado, quien busca en vida a su hijo Óscar López Enamorado desaparecido desde 2010; y Juan Carlos Trujillo, hermano de Salvador, Raúl, Gustavo y Luis Armando, desaparecidos en el mismo año. Cada uno por su parte, después de requerir sin éxito que las autoridades mexicanas buscaran a sus respectivos hijo y hermanos, tuvieron que accionar ellos mismos.
Frente a la impunidad que padecen los familiares en búsqueda, algunos de ellos y de sus organizaciones, han optado por la defensa de los derechos humanos garantizando por sí mismos su cumplimiento; además han participado en propuestas de leyes para atender la desaparición de personas, incluyendo recientemente debates en torno al trato digno y respetuoso que merecen los cuerpos y restos humanos hallados. Esta demanda no sólo se ha dado en México, se ha levantado también en otros países que han transitado por conflictos y donde han ocurrido graves violaciones de derechos humanos. En esos contextos, cada uno con sus particularidades, han surgido interesantes planteamientos sobre los derechos humanos de los muertos que han nutrido las reflexiones sobre el tema en nuestro territorio.
Los derechos humanos de los muertos fue abordada el pasado 28 de febrero de 2019 por Claire Moon, investigadora y profesora asociada del Departamento de Sociología en la Escuela de Economía y Ciencias Políticas de Londres, experta en el tema, en el marco de la presentación de la “Guía de Búsqueda de personas Desaparecidas con enfoque en la Verdad y la Justicia”, elaborada por el Grupo de Investigaciones en Antropología Social y Forense, en la cual participaron Ana Enamorado y Juan Carlos Trujillo.
En el evento referido, Moon habló de tres aspectos fundamentales para la construcción de los derechos de los muertos: el primero está relacionado con lo histórico, pues los muertos han sido fundamentales para la construcción del humanitarismo moderno. Fue a través de la memoria colectiva que tuvieron los vivos de los muertos que se impulsó y se logró el reconocimiento formal de los derechos humanos después de las atrocidades cometidas durante el holocausto en 1948.
El segundo aspecto es del orden legal, en el que ya existen principios jurídicos que prescriben que el tratamiento de los cuerpos sea respetuoso en cada uno de los procesos que los puedan involucrar, desde las regulaciones de las búsquedas hasta la identificación de los cuerpos y la sepultura.
Sin embargo, estipular puntualmente los derechos de los muertos en el ordenamiento legal, incrementaría las posibilidades de exigir la identificación, la devolución respetuosa y digna de los cuerpos a los familiares y una sepultura de acuerdo a las costumbres practicadas por la persona muerta.
Por ello, el tercer aspecto que señala Moon, enfatiza en el respeto y la dignidad sobre el tratamiento de los cuerpos, dado que el cuerpo muerto es la continuidad de lo que queda de la vida humana, y que en esa medida, conserva el derecho a ser tratado con dignidad incluso después de la muerte, pues sigue formando parte de su colectividad y aún fenecido, se encuentra inserto dentro de la familia humana.
En sus respectivas experiencias, Ana y Juan Carlos, han presenciado el maltrato de los cuerpos en las saturadas morgues a lo largo del país, su depósito en cajas de tráilers, su entierro en las fosas comunes, entre muchas otras prácticas deshumanizantes. Han atestiguado que las autoridades desaparecen evidencias útiles para el seguimiento de los casos, viviendo muy de cerca la impunidad. Por eso, como muchos familiares en búsqueda, han enfatizado en la importancia de que sea la dignidad humana la que guíe las búsquedas y el trato que deberían tener los servidores públicos hacia las personas desaparecidas cuyos cadáveres o restos, han sido encontrados.
La realidad está poniendo en cuestión las concepciones convencionales de los derechos humanos hasta ahora estipulados y está marcando las pautas de cambios legales sustantivos en esta materia. Si bien, no corresponde a los familiares de personas desaparecidas hacerse responsables de la búsqueda, han sido ellos quienes han encontrado los cuerpos, dándoles en todo momento, un trato digno. Por eso es importante que las autoridades aprendan de las familias y dialoguen con ellas sobre todo cuando han experimentado la deshumanización de sus seres queridos, y la falta de respeto y de dignidad en el tratamiento de sus cuerpos.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, da la pauta para que se pueda legislar sobre los derechos de los muertos pues establece la participación de los familiares en “el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas; así como garantizar la coadyuvancia en las etapas de la investigación, de manera que puedan verter sus opiniones, recibir información, aportar indicios o evidencias”. Nos queda reflexionar si la institucionalización de los derechos de los muertos podría completar esta ley; si podrían considerarse como parte de las reparaciones de los daños que merecen los muertos y sus familias, y si ayudarían a mejorar las condiciones de búsqueda en muerte.
Ya los familiares de las personas desaparecidas nos han puesto el ejemplo de lo que puede lograr la sociedad organizada, a pesar del contexto de inseguridad y terror en el que vivimos. Considerar la previsión legal de los derechos de los muertos, no sólo supone pensar en construir más derechos que queden en letra inerte, sino que apunta a procurar que se respeten eficazmente.
Foto de portada: Erika Lozano
*El Grupo de Investigaciones en Antropología Social y Forense (GIASF) es un equipo interdisciplinario comprometido con la producción de conocimiento social y políticamente relevante en torno a la desaparición forzada de personas en México. En esta columna, Con-ciencia, participan miembros del Comité Investigador y estudiantes asociados a los proyectos del Grupo (Ver más: http://www.giasf.org)