En el marco de la visita a México de Volker Türk, Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, el artículo analiza motivos y respuestas, disputas y narrativas políticas en torno a la decisión del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas de remitir la situación de México a la Asamblea General de la ONU.
Acciones directas de fuerzas del Estado, coludidas con criminales, perpetraron la desaparición forzada de los 43 estudiantes de Ayotzinapa en 2014. Su aquiescencia y complicidad autorizaron la masacre de Allende, Coahuila, la masacre de migrantes en Cadereyta, Nuevo León, en 2012, o las fosas y matanzas de San Fernando, Tamaulipas, en 2010 y 2011. También hay ejemplos recientes y seriales de fosas y desapariciones masivas, impunes y sistemáticas en muchos estados: Teuchitlán, Tlajomulco y Tala, en Jalisco, o Salvatierra, Irapuato y Juventino Rosas, en Guanajuato, entre otros, son recordatorios de connivencia estatal-criminal.
Por Fabrizio Lorusso*
El 2 de abril, el Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada (CED) resolvió solicitar al Secretario General de la ONU que “remita urgentemente la situación de las desapariciones forzadas en México a la Asamblea General de Naciones Unidas para que esta considere medidas destinadas a apoyar en la prevención, investigación, castigo y erradicación de este crimen” (CED/C/MEX/A.34/D/1).
Es la primera vez en la historia del CED que, en virtud del art. 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, vigente desde 2010, se toma esta resolución, pues “concluyó que la información que ha recibido parece contener indicios fundados de que en México se han cometido y se siguen cometiendo desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad, basándose en su evaluación de que se han producido múltiples ataques generalizados o sistemáticos contra la población civil en diferentes momentos y en diferentes partes del país”. Cabe remarcar que el CED ONU es parte del sistema de Naciones Unidas y no una especie de unidad externa de asesores, como han afirmado varios comentaristas, funcionarios y la misma presidenta Claudia Sheinbaum. Además, lleva trabajando con y sobre México unos 14 años, entre visitas, informes, colaboraciones e interlocuciones con actores sociales y gubernamentales.
El Artículo 2 de la Convención define la desaparición forzada como “la detención, privación de libertad o secuestro cometido por agentes del Estado (servidores públicos), o por personas o grupos que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer la privación de libertad o a revelar la suerte o el paradero de la persona desaparecida”. Una parte de la cada vez más enrarecida discusión pública reciente, detonada tras la decisión del Comité, se está centrando sobre la interpretación de esta definición “clásica” de la desaparición, heredada de las experiencias totalitarias del siglo XX, de las prácticas represivas coloniales europeas y, particularmente, del caso “prototípico”, mas no exclusivo, de las dictaduras del Cono Sur de las décadas de 1970 y 1980.
El gobierno mexicano, en voz de la presidencia, el gabinete e incluso de organismos supuestamente independientes como la CNDH, en varias ocasiones –sobre todo a partir del caso del Rancho Izaguirre en Teuchitlán, Jalisco, en marzo del 2025– ha tratado de acotar o extralimitar fáctica y narrativamente el alcance y las implicaciones de lo que podemos entender hoy por desaparición forzada.
En el contexto del rechazo y las respuestas del gobierno al Comité, un desacierto, reflejado también en la presentación de la nueva versión o actualización del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, es querer separar arbitraria y tajantemente las desapariciones ocurridas hasta el 2005, como forzadas y producto de la represión estatal, y aquellas posteriores, como cometidas por particulares y el crimen organizado, o sea, sin participación del Estado. Aunque puede haber prevalencia de una u otra modalidad en periodos distintos de la historia reciente, la línea de separación no es neta, la información es parcial, y no existe una fecha de inicio o fin de un determinado régimen de violencia y desapariciones, sino dinámicas que se confunden y solapan. Resulta arbitrario e instrumental querer determinar que, ahora, ya no habría desapariciones forzadas porque todo depende de la delincuencia organizada. Con esta definición, no se está tomando en cuenta la responsabilidad estatal en la tolerancia persistente y la impunidad para con estos delitos. Lo que ya no hay, como también el Comité ha afirmado, es la evidencia de una política federal o centralizada que ordene las desapariciones, pero es otra cosa.
Además, si el corte temporal se justificara por el incremento del protagonismo militar en la seguridad pública o la declaración de “guerra al narcotráfico” de Felipe Calderón, debería comenzar el 11 de diciembre del 2006, o incluso antes, con el inicio del Operativo México Seguro de Vicente Fox el 11 de junio de 2005, y, en cierto sentido, continuaría hasta la fecha, pese a ciertos cambios en la estrategia de seguridad, en la narrativa y en el enfoque de política social-laboral. Más allá de las fechas, la discusión es relevante porque deberíamos relacionar y explicar la evolución en el tipo y los motivos de las desapariciones en México con factores políticos y sociales de mediano y largo plazo, entrelazados, como la militarización, la seguridad pública, el modelo económico, la política social y la evolución del propio Estado y sus aparatos.
Otra falacia ha sido declarar que el alcance del informe se limita a solo cuatro estados y a periodos anteriores al 2018, cuando en realidad abarca la mayoría de las entidades y también casos recientes en Jalisco y Guanajuato, entre otros, relacionados ya no solo con desapariciones sino también con la crisis forense, de fosas comunes y clandestinas masivas, documentadas por el Centro de Datos de la Ibero León o la Plataforma Ciudadana de Fosas, en ausencia del Registro Nacional (y los estatales) de Fosas previstos en la ley y nunca implementados.
Evidencias del Comité ONU y la sociedad civil
Por otro lado, el CED ONU, otros actores internacionales, organizaciones de la sociedad civil, sectores de la academia, asociaciones de víctimas y sobrevivientes de las violencias contemporáneas, han ido adaptando al entendimiento y uso estratégico de la letra de los tratados, in primis la Convención, pero también el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, según las circunstancias actuales, y realidades político-territoriales concretas. Estas son distintas de aquellas que dieron origen al concepto, y se caracterizan por formas híbridas de guerra y conflicto, por la confusión y multiplicación de actores y lógicas de las desapariciones, por violencias sociopolíticas y estatales directas, estructurales e indirectas, por áreas grises de colusión estatal-criminal-empresarial, por paralegalidades y redes mafiosas complejas: son factores que posibilitan las desapariciones, la explotación humana o el ocultamiento sistemático de los cuerpos, y las utilizan estratégica, sistemática o masivamente para una multiplicidad de fines instrumentales y expresivos.
Es por ello que, yYa en su conclusión-decisión, el CED pone a consideración de la Asamblea General la necesidad de adoptar acciones orientadas a: (i) Brindar la cooperación técnica, el apoyo financiero y la asistencia especializada que México requiera en las áreas de búsqueda, análisis forense, e investigación exhaustiva de las alegaciones de desapariciones forzadas y de vínculos entre servidores públicos y el crimen organizado; y (ii) Establecer un mecanismo eficaz para esclarecer la verdad y proporcionar asistencia y protección a las familias que buscan a sus seres queridos, así como a las organizaciones y defensores que las apoyan. Se reconoce y ofrece apoyo, entonces, ante la colusión. Y ante asesinatos y desapariciones de personas defensoras y buscadoras, cuyas historias de vida y búsqueda relata el sensible y doloroso, pero a la vez necesario e impactante, proyecto de denuncia y memoria de Luciérnagas en el porvenir. Memorial de personas buscadoras asesinadas y desaparecidas en México (2010–2026).
Con base en una gran cantidad y variedad de fuentes, tanto oficiales como sociales y académicas, proporcionadas por el gobierno y por colectivos, víctimas y organizaciones de la sociedad civil, el CED ONU recolectó evidencia de múltiples violencias, desapariciones y violaciones a derechos humanos que, lejos de representar casos individuales, han ido conformando dinámicas estructurales y patrones persistentes en parte de las realidades territoriales del país durante el último cuarto de siglo.
Asimismo, el documento señala que “al 28 de febrero de 2026 el Comité había registrado un total de 819 peticiones de acción urgente relacionadas con desapariciones en México, lo que representa alrededor del 36,5% del total de los casos registrados en virtud del artículo 30 de la Convención”. México es el país con el mayor número de acciones urgentes del mundo. Se trata de una “solicitud que realiza el Comité a un Estado para que tome de forma inmediata todas las medidas necesarias para buscar y localizar a una persona desaparecida e investigar su desaparición”. Desde hace más de una década, organizaciones como IDHEAS han apoyado a las familias a presentar y dar seguimiento a muchos de estos procedimientos. Desde 2021, la Plataforma por la Paz y la Justicia en Guanajuato ha acompañado unas 25 acciones urgentes, realizando talleres con los colectivos sobre esta herramienta, la cual finalmente brinda mucha información al Comité y ayuda a construir comprensiones de los entramados y patrones de las desapariciones forzadas en regiones específicas.
El Comité ha reconocido los avances y esfuerzos hechos, particularmente desde 2017-2018, en materia legal e institucional en el país, pero, según las evidencias recabadas, estos han sido insuficientes en la práctica. El CED no es una comisión de investigación y, mediante el art. 34 de la Convención, activa un procedimiento preventivo, no una condena en contra de un gobierno o un partido, porque involucra al Estado mexicano como tal, en su continuidad histórica y política, como actor internacional. Esto representa una esperanza para miles de familiares de personas desaparecidas que, por muchos años, no han logrado conseguir búsqueda y justicia, verdad y reparación con mecanismos internos u ordinarios.
Aquiescencia y Estado
Si entendemos al Estado como población, territorio, instituciones y, finalmente, como comunidad política, el llamado de atención, desde adentro o desde afuera de las fronteras nacionales, sobre la gravedad de la situación de las desapariciones forzadas, en este territorio bajo la jurisdicción de lo que llamamos y pensamos como “México”, tiene una dimensión colectiva y vuelve a poner en el centro nudos irresueltos y heridas abiertas: la aquiescencia, la tolerancia y banalización de las violencias, en este siglo XXI, fue permeando vidas cotidianas, medios de comunicación, discursos políticos, estadísticas y prácticas institucionales hasta el punto en que más de 72 mil cuerpos sin identificar, más de 130 mil personas desaparecidas y centenares de colectivos y familiares en búsqueda, destapando miles de fosas clandestinas, ya parece ser algo “normal”. La gravedad de la situación descrita por el Comité es evidente, no tanto o no solo por las cifras, todavía objeto de diatribas, opacidades y reclasificaciones, pero, en cualquier caso, tremendamente altas, sobre desapariciones forzadas, fosas clandestinas y cuerpos sin identificar.
Lo anterior se ha dado en el contexto de procesos de larga data y sus repuntes en las últimas dos décadas: la creciente militarización de las tareas de seguridad pública, la paralela escalada armamentista del crimen organizado, la paramilitarización y diversificación económica de varios de estos grupos delincuenciales o empresas criminales armadas, la extensión de su control territorial y de “áreas grises” de colusión con aparatos y funcionarios estatales de los tres niveles. La desaparición ha servido como tecnología y dispositivo de dominación, terror, retaliación y despojo, ya no tanto o no solo como instrumento de represión de la disidencia política como en la época de la contrainsurgencia de finales del siglo XX. Pero, si bien en su ejecución han adquirido gran presencia los grupos criminales, no es posible borrar de un plumazo la responsabilidad estatal por apoyo, autorización o, cuando menos, aquiescencia con los perpetradores.
Aquiescencia proviene del latín acquiescentia, significando consentimiento o aceptación y deriva del verbo acquiescere (“reposar”, “descansar”, “estar tranquilo con algo”). O sea, una forma del “quieto vivir”, dejar hacer y dejar pasar, que en términos legales se va traduciendo en perfiles de complicidad y tolerancia hacia un fenómeno delictivo.
Este concepto ha sido blanco de críticas, por ejemplo, por parte de Enrique Ochoa, subsecretario de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la cancillería mexicana, porque según él se habría abusado del propio concepto, ampliando demasiado su ámbito de aplicación. En redes sociales, el funcionario expresó que el mandato del Comité “es monitorear la aplicación de la Convención en la materia, no el de reinterpretarla”, y que los informes de ese grupo “representan exclusivamente la opinión de sus 10 expertos independientes y no la de la ONU en su conjunto, ni de sus órganos principales”. Esto en respuesta a un post de X del presidente del CED, Juan Pablo Albán, en que puntualizaba las funciones y mandato del Comité, el contenido real (no manipulado mediáticamente) del informe, y denunciaba las descalificaciones en su contra.
En entrevistas radiofónicas, Ochoa sostuvo que México rechaza la decisión del CED porque hace un uso e interpretación del Tratado de Roma sobre crímenes de lesa humanidad y “se excede en su mandato porque está ampliando de manera indebida el alcance” de la “aquiescencia”, es decir, “el consentimiento o autorización del estado”, así que el problema es “equiparar las desapariciones forzadas cometidas por grupos del crimen organizado con actos cometidos por agentes gubernamentales, por lo que pudiera implicar la misma responsabilidad del estado, lo que no es acorde con los términos de la Convención”. Se trata, en mi opinión, de una posición incorrecta, pues es la propia convención que “equipara”, más bien tipifica, como desaparición forzada la que es cometida por un servidor público, pero también la cometida por un particular con el consentimiento o apoyo de aquél. Además de la evolución histórico-social y del contexto, la interpretación normativa y pro persona de los instrumentos jurídicos, así como la sustanciación de un concepto como la aquiescencia con base en las experiencias documentadas en México, deberían conformar aportes de avanzada y no causales de descalificaciones.
Si bien en el debate político mexicano el tema parece ser nuevo, no lo es para quienes trabajan sobre desapariciones, para organismos internacionales y el mismo Comité. Justo en 2023 el CED publicó la “Declaración sobre los agentes no estatales”, en el contexto de la Convención (CED/C/10), en donde, coherentemente con lo que en estos días ha defendido, explica que por “aquiescencia” se entiende que el Estado “conocía, tenía razones para conocer o debía conocer la comisión o el riesgo real e inminente de comisión de una desaparición forzada por personas o grupos de personas, pero que concurre alguna de las siguientes circunstancias”.
Acciones directas de fuerzas del Estado, en contubernio con criminales, perpetraron la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa en Iguala en 2014. Su aquiescencia y complicidad autorizaron la masacre de Allende, Coahuila, la masacre de migrantes en Cadereyta, Nuevo León, en 2012, o las fosas y matanzas de San Fernando, Tamaulipas, en 2010 y 2011. ¿Y sigue esto hoy? Las desapariciones son delitos y violaciones permanentes, continúan hasta la fecha, así que un Estado sigue siendo responsable hasta dar con el paradero de las personas y esclarecer los hechos, no solo penalmente. Hay ejemplos recientes y seriales de fosas y desapariciones masivas, impunes y sistemáticas en muchos estados: localidades como Teuchitlán, Tlajomulco y Tala, en Jalisco, o Salvatierra, Irapuato y Juventino Rosas, en Guanajuato, entre muchas otras, son recordatorios de connivencia estatal-criminal.
La postura oficial debería plantearse más desde el Estado y el país que del gobierno y de facciones políticas. Sin embargo, se desató una polémica en bucle sobre las desapariciones, una realidad opaca por definición, cada vez más enturbiada por las autoridades: patadas de ahogado y respuestas gubernamentales al CED ONU, por un lado, y, por otro, actitudes aprovechadas manipuladoras de ciertas oposiciones políticas que se han vuelto especialistas en explotar cualquier tema de violencia para su beneficio y confundir la discusión. En medio del caos, la sociedad y, sobre todo, familiares y víctimas escarban la tierra, esperando destellos de verdad y justicia.
El CED, las víctimas y organizaciones acompañantes documentaron que hay patrones en las desapariciones que se repiten de manera no aleatoria. Son parte de ataques sistemáticos o generalizados a la población, con niveles de conocimiento o tolerancia del Estado. Son realizados, en buena parte, por actores no estatales organizados. Por tanto, existen indicios o condiciones de crímenes de lesa humanidad, aun cuando no se den en todo el territorio nacional, en todo momento o como producto de una política federal o centralizada.
Esto difícilmente puede ser negado en la historia reciente de México y debería constituir un acicate para procesos profundos de justicia transicional y memoria, reforma de las fiscalías y criterios de oportunidad, de reconstitución de centros de identificación forense y planes estatales de exhumación de fosas comunes, pero sobre todo implica el desmantelamiento de redes criminales y su protección política a todos los niveles.
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*Fabrizio Lorusso es Investigador del Laboratorio de Resistencias contra las Desapariciones de la Universidad Iberoamericana León (ReDLab); integrante de Plataforma por la Paz y la Justicia en Guanajuato.
Foto de portada: Integrantes del CED de la ONU en 2022 visitando los trabajos de búsqueda en campo de la Brigada Nacional de Búsqueda en Morelos. Crédito: especial, Alto Comisionado de las Naciones Unidas.